En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo, de 28 de junio de 2023, sobre, entre otros, las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la «LME»), se hace público que por decisiones del socio único de FIBRAWORLD TELECOM, S.A.U. y CABLEWORLD, S.L.U. de fecha 28 de junio de 2024, en ejercicio de las competencias de la Junta General de dichas sociedades se aprobó (i) la fusión por absorción entre FIBRAWORLD TELECOM, S.A.U., como sociedad absorbente, y CABLEWORLD, S.L.U., como sociedad absorbida, con extinción de la sociedad absorbida que transmite en bloque su patrimonio a la sociedad absorbente, la que adquirirá a título universal por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida; y (ii) que la fecha de efectos contables de la fusión será el 1 de enero de 2024 y, por ello, las operaciones que se realicen por la sociedad absorbida desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha de inscripción de la fusión en el Registro Mercantil de Alicante se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, todo ello conforme al proyecto de fusión redactado por los órganos de administración de las dos sociedades participantes.
A los efectos previstos en el artículo 53.1 en relación al artículo 56.1 de la LME se hace constar que tan la sociedad absorbente como la sociedad absorbida tienen el mismo socio único y, por tanto, están íntegramente participadas de manera directa por el mismo socio.
Al haberse adoptado dicha decisión de fusión por el socio único de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida, en ejercicio de las competencias atribuidas a la junta general de socios de ambas compañías, resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 9 de la LME.
Se advierte expresamente a los acreedores y a los trabajadores de las dos sociedades participantes en este proceso de fusión de su derecho a obtener el texto íntegro de la decisión adoptada y de los balances de fusión presentados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10 de la LME.
Durante el plazo de un (1) mes contado a partir de la última publicación de este anuncio de fusión, los acreedores de cada una de las dos sociedades participantes en la fusión podrán oponerse a la misma, en los términos dispuestos en el artículo 13 de la LME.
Elda (Alicante) y Murcia, 28 de junio de 2024.- Dª. Beatriz Miralles Cremades, en calidad de representante persona física de GRUPO SATRINA, S.L.U. administradora única de FIBRAWORLD TELECOM, S.A.U. (sociedad absorbente) y de, CABLEWORLD, S.L.U. (sociedad absorbida).
Cable Aireworld SAU ha solicitado una subvención de 3.600€ para la adquisición de vehículo eléctrico, Toyota Proace City, bajo el Proyecto MOVES III, de la Unión Europea con cargo al Fonfo NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila combustible dentro del Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES III vehículos Comunitat Valenciana) del Ministerio para la Transformación Ecológica y el Reto Demográfico a través del IDAE, gestionado por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE).
Cable Aireworld SAU ha recibido una ayuda de 3.000€ para la adquisición de vehículo eléctrico bajo el Proyecto MOVES III, de la Unión Europea con cargo al Fonfo NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila combustible dentro del Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES III vehículos Comunitat Valenciana) del Ministerio para la Transformación Ecológica y el Reto Demográfico a través del IDAE, gestionado por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE).
Fibraworld Telecom SAU ha recibido una ayuda de 4.000€ para la adquisición de vehículo eléctrico bajo el Proyecto MOVES III, de la Unión Europea con cargo al Fonfo NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila combustible dentro del Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES III Comunitat Valenciana) del Ministerio para la Transformación Ecológica y el Reto Demográfico a través del IDAE, gestionado por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial(IVACE).
Este programa fomenta la contratación indefinida de colectivos vulnerables, entre los que se incluye expresamente a las personas en situación o riesgo de exclusión social, las personas desempleadas de larga duración, las personas mayores de 50 años y las personas con diversidad funcional. Estos cuatro colectivos de personas desempleadas son destinatarios del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunidad Valenciana dentro de la Prioridad de Inversión 9.1 (la inclusión activa, también con vistas a promover la igualdad de oportunidades, así como la participación activa y la mejora de la posibilidad de encontrar un empleo) del Objetivo Temático 9 (promover la inclusión social y luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación). Programa de subvenciones destinadas a fomentar la contratación indefinida inicial de colectivos vulnerables para el ejercicio 2019 ECOVUL-2019. LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación.